
La ampliación comprende la declaración y el pago del impuesto, además de determinadas obligaciones de información para contribuyentes con cierre fiscal al 31 de marzo de 2026.
El Servicio de Impuestos Nacionales emitió la Resolución Normativa de Directorio N.º 102600000027, de 28 de julio de 2026, mediante la cual amplía hasta el 31 de agosto de 2026 el plazo para la presentación de declaraciones juradas y el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), correspondiente al cierre de gestión fiscal del 31 de marzo de 2026.
¿Qué obligaciones comprende?
La medida abarca también la presentación digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Estudio de Precios de Transferencia y Formulario 601, según corresponda a cada contribuyente alcanzado. Su aplicación está vinculada al cierre fiscal señalado; no se trata de una ampliación general para todas las empresas.
Más allá del plazo: verificar el cumplimiento completo
Una prórroga ofrece tiempo adicional, pero la revisión empresarial debe considerar cada obligación por separado. Presentar una declaración, efectuar el pago y remitir la documentación exigible son actuaciones distintas que conviene comprobar individualmente.
Para aprovechar este plazo adicional, recomendamos revisar:
• Declaración y pago: planificar su cumplimiento y conservar las constancias de presentación y los comprobantes correspondientes.
• Documentación exigible: identificar qué información debe presentar la empresa y verificar sus constancias de recepción.
• Consistencia de la información: contrastar los importes declarados con los Estados Financieros y sus respaldos.
• Obligaciones pendientes: evaluar cada situación antes de definir las acciones que correspondan.
Anticipación y respaldo para las decisiones empresariales
La gestión tributaria requiere coordinación entre los equipos jurídicos y contables, documentación ordenada y seguimiento de las disposiciones aplicables. Una revisión oportuna permite identificar diferencias y atender pendientes con mayor claridad.
En Reinicke Ostria acompañamos a las empresas en el análisis de sus obligaciones tributarias y en la definición de acciones acordes con su situación particular.
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Base normativa: Resolución Normativa de Directorio N.º 102600000027, de 28 de julio de 2026, Servicio de Impuestos Nacionales. Información referida al 29 de julio de 2026.
